Declaración de principios
La Conselleria de Sanitat reconoce que toda persona tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguriudad y salud en el trabajo y a realizar su trabajo libre de todo tipo de violencia, así como de cualquier discriminación prohibida en el ordenamiento jurídico, debiendo recibir, en definitiva, un trato correcto, respetuoso y digno, comprometiéndose a asignar los medios humanos y materiales necesarios, así como a implantar las medidas de carácter organizativo oportunas para prevenir y hacer frente, en su caso, a las consecuencias derivadas de este tipo de situaciones, asumiendo que las actitudes de violencia suponen un atentado contra la dignidad de los trabajadores y trabajadoras, por lo que no se tolerará ningún tipo de conducta violenta en el trabajo.
Por tanto, queda expresamente prohibida cualquier acción o conducta de esta naturaleza, siendo considerada como falta muy grave, por lo que esta Conselleria se compromete a hacer uso de sus poderes directivos y disciplinarios para proteger a sus trabajadores y trabajadoras ante cualquier tipo de violencia en el trabajo.
En consecuencia la Conselleria desarrolla este procedimiento de prevención y resolución interna de conflictos creando las Comisiones de Gestión Interna de Conflictos en el ámbito de cada Departamento de Salud, estableciendo un procedimiento que pretende salvaguardar los derechos de las personas afectadas en un contexto de prudencia y confidencialidad, a partir del cual, toda persona incluida en el ámbito de aplicación de este procedimiento, tiene derecho a plantear una solicitud que sea abordada a través del mismo, sin perjuicio de las acciones administrativas y/o judiciales que procedan.
Objetivo
Proporcionar un instrumento de análisis e intervención en materia de prevención, resolución y seguimiento, para diferentes situaciones de conflictividad en el trabajo, como violencia laboral interna, sin interferir en los procedimientos legalmente establecidos para tratar situaciones en las que pudiera haberse incurrido en falta disciplinaria o en ilícito penal.
Definición
La Comisión de Gestión Interna de Conflictos es el órgano paritario y colegiado cuya misión es el análisis e intervención en materia de prevención, resolución y seguimiento de las diferentes situaciones de conflictividad en el trabajo, como violencia laboral interna, así como los distintos tipos de acoso, sin interferir en los procedimientos legalmente establecidos para tratar situaciones en las que pudiera haberse incurrido en falta disciplinaria o en ilícito penal, emitiendo informe con recomendaciones que se elevarán a la persona responsable de centro en el que se genere el conflicto.
Procedimiento
Consiste en un proceso abierto, libre, de acceso voluntario y con carácter conciliador entre las partes implicadas. Realizando únicamente la comisión una labor mediadora, sin coacciones ni presiones sobre las partes, que voluntariamente acceden a solventar sus problemas de interrelaciones profesionales con la orientación de la comisión de gestión de conflictos internos, que velará por que las partes encuentren por sí mismas una solución justa que favorezca el resultado menos gravoso para las partes y el interés común.
El inicio del procedimiento de la mediación de la comisión del Departamento de Salud de Gandia se realizará mediante la presentación de escrito dirigido a la presidencia de la comisión que se presentará en el registro general del Departamento, en sobre cerrado sin identificación de la persona remitente para salvaguardar el derecho a la intimidad personal del trabajador.
Una vez recibido por la secretaría de la comisión, ésta convocará a sus miembros en el plazo de cinco días hábiles para su estudio y el inicio de las actuaciones que sean precisas hasta la conclusión de las mismas así como la emisión del informe y recomendaciones que se trasladarán a la gerencia del Departamento de Salud.